Sobre la C4
Qué es
La Comisión de Coordinación Cartográfica de Catalunya (C4) es el órgano básico de encuentro, colaboración y coordinación entre la Administración de la Generalitat y los entes locales en el ámbito de la geoinformación.
La C4 como tal está formada por 13 representantes de la Generalitat y 13 más de los entes locales, pero complementariamente se han creado una serie de comisiones técnicas y grupos de trabajo (GT) especializados para facilitar la toma de decisiones:
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CT1: PCC-INSPIRE (Comisión Técnica para el despliegue del Plan Cartográfico de Catalunya (PCC) y de la Directiva INSPIRE)
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CT2: Administración Local (Comisión Técnica de la Información Geográfica de la Administración Local)
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CT4: Geología, Geofísica, Edafología y Riesgos Geológicos
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GT de Acuíferos
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GT de Espacios de Interés Geológico
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GT para el Referencial Geológico Territorial
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Funciones
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Velar porque las relaciones entre las administraciones públicas de Catalunya que llevan a cabo actividades de geoinformación se ajusten a los principios establecidos por la Ley 16/2005 y resolver las incidencias que puedan producirse, a partir de la propuesta que el ICGC emita por medio del correspondiente informe.
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Emitir un informe del proyecto de Plan Cartográfico de Catalunya (PCC), y también de sus modificaciones o revisiones, después que lo haya aprobado el Consejo Rector del ICGC.
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Establecer las normas y los estándares que han de aplicarse en la elaboración de cartografía e información geográfica, entendida esta última como la georeferenciación de la documentación de acuerdo con lo que establece el artículo 2.4.d de la Ley 16/2005.
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Velar por el cumplimiento de los objetivos y las prioridades de la actividad cartográfica en Catalunya, de acuerdo con lo que establece el PCC.
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Proponer al Gobierno la adopción de otras medidas de coordinación que considere necesarias.
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Emitir un informe en el procedimiento de elaboración de disposiciones de la Generalitat en el ámbito de la geoinformación, en base a la propuesta que pueda elaborar el ICGC.
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Velar por la difusión y el cumplimiento de las normas y los estándares, la actualización y la disponibilidad a que se refiere el artículo 10 de la Ley 16/2005 y ser informada de la gestión del Registro Cartográfico de Catalunya (RCC).
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Poner en conocimiento del ICGC la posición de los entes locales ante las iniciativas de los organismos estatales, comunitarios o internacionales, adoptar, si procede, posiciones comunes para que éste las plantee ante los organismos en que participe y ser informada de las actuaciones y las relaciones con estos organismos.
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Emitir informe preceptivo sobre los recursos que se presenten ante el consejero o consejera de Territorio y Sostenibilidad contra las resoluciones relativas a la inscripción en el RCC.
Composición
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Representantes de la Generalitat:
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Presidencia suplente: Directora del Institut Cartogràfic i Geològic de Catalunya (por resolución del Conseller de Territori, a quien corresponde la Presidencia)
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Vicepresidencia primera: Subdirector General de Geodesia y Cartografía del Institut Cartogràfic i Geològic de Catalunya (por delegación de la Directora)
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3 representantes del Departamento de Territorio
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2 representantes del Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural
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1 representante del Departamento de Investigación y Universidades
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1 representante del Departamento de la Presidencia
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1 representante del Departamento de Empresa y Trabajo
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1 representante del Departamento de Interior
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1 representante del Departamento de Economía y Hacienda
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1 representante del Institut Cartogràfic i Geològic de Catalunya
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Representantes de los entes locales:
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1 representante del Ayuntamiento de Barcelona
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1 representante del Área Metropolitana de Barcelona
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1 representante de cada Diputación
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4 representantes de la Federació de Municipis de Catalunya
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3 representantes de la Associació Catalana de Municipis
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Secretaría: Subdirector General de Servicios Técnicos del Institut Cartogràfic i Geològic de Catalunya
Marco legal
La C4 se regula por: